
Tacuary sustenta su pedido en al artí**** 10,5 de la Libertadores, que dice: " no podrá ser incluido en la lista el jugador que no estuviese reglamentariamente inscripto en su Asociación, a la fecha establecida para la presentación de la lista a favor del club participante, o al momento de producirse las sustituciones previstas en este reglamento. El o los jugadores solamente podrán jugar cuando estén habilitado por sus Asociaciones para hacerlo", dice el artí****. Sin embargo, anteayer, Luis Chiriboga, de la FEF, dijo que la suspensión a los jugadores del incidente del pasado 17 de diciembre, no alterará los resultados de los juegos ante Tacuary. El jurista Guillermo Espinel argumenta que mientras la FIFA no se pronuncie, la sanción es local.
Escrito por HLDU a las 06:42:23. Archivado bajo: Copa Libertadores
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